GASTOS NOTARIALES
- santiagoscattolini
- 31 oct 2020
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Actualizado: 28 may 2021
31-10-2020
Los gastos del notario incluyen tanto los honorarios como los impuestos, tasas administrativas y aportes. El notario está obligado a pagar al Estado, aunque no haya recibido la cantidad correspondiente del cliente.
Existe un honorario notarial que está determinado por ley y que fija montos mínimos. Estos últimos se van actualizando periódicamente por resolución del Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.
La factura se conforma, en la mayoría de los casos, con impuestos y otros cargos (que pueden exceder el 50 por ciento del costo total) por los cuales el notario actúa como intermediario entre el Estado y el Cliente, asumiendo el cargo de “agente de retención”.
Es necesario para elaborar un estimado de los costos examinar el acto a otorgar y conocer su complejidad, las precauciones y atenciones que conlleva y los requisitos que se derivan de ella.
Esto no implica que el notario no esté obligado a informar o comunicar el presupuesto aproximado de cada uno de sus servicios, lo que permite al cliente hacer una previsión razonable de los costos del notario.
Indicando los elementos esenciales del negocio o acto a otorgarse, podrá efectuar una aproximación de los gastos.
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